4. Justificación de Gastos
La justificación de los gastos realizados con cargo a la tarjeta bancaria, ya sea mediante pago en establecimientos comerciales, deberá realizarse con periodicidad mensual, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente a la realización de los gastos, en la forma prevista en las Instrucciones 4/2008, 3/2010 y 2/2024 por la que se establecen los procedimientos para la gestión y tramitación de los gastos derivados de proyectos, convenios y contratos de investigación.